La Nación: Uscis revela cómo obtener la green card sin TPS: la opción de los venezolanos para evitar la deportación
24/05/2025
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Descubre cómo los venezolanos pueden optar por la green card sin TPS, según USCIS. Una alternativa legal para evitar la deportación y regularizar su estatus migratorio en EE.UU.
Un reciente fallo de la Corte Suprema de EE.UU. otorgó la autoridad a la administración federal de no renovar el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) a miles de venezolanos, lo que los deja en riesgo de deportación. Sin embargo, los migrantes todavía tienen opciones, y una de ellas podría llevarlos a obtener la green card.La opción de venezolanos para evitar la deportaciónLa reciente decisión de la Corte Suprema afecta de forma directa a los nacidos en Venezuela que solicitaron el TPS bajo la designación de 2023, que tenía fecha inicial de finalización para el 2 de abril de 2025, mientras que quienes lo hicieron bajo la designación del 2021 mantienen la protección hasta septiembre.Debido a que se trata de un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal, ni confiere ningún otro alivio migratorio, los registrados deben buscar otras opciones para mantenerse en Estados Unidos.Con el fin del TPS, una de las opciones es hacer una solicitud de asilo, explicó a CNN Elizabeth Uribe, abogada de inmigración. Esta es una protección que ofrece Estados Unidos a personas que son perseguidas o que tienen un temor de persecución por razones de raza, religión, nacionalidad o por pertenecer a cierto grupo social o político. El propio secretario de Estado, Marco Rubio, señaló hace unos días que los inmigrantes que dejen de estar bajo esta protección pueden acceder al asilo. En una sesión ante la Cámara de Representantes, indicó: “Creo que, muchas de ellas [las personas que contaban con TPS], si no la mayoría, tendrán solicitudes de asilo muy creíbles”.Green card para asilados en EE.UU.: cómo se obtienePara solicitar asilo afirmativo o defensa, es necesario presentar ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) el formulario I-589, dentro del plazo de un año a partir de la fecha de llegada a Estados Unidos. Los asilados pueden ser aprobados para recibir una green card un año después de que obtuvieron el beneficio. Para solicitar la residencia, se debe iniciar un proceso en el Uscis con el formulario I-485, Solicitud de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.Para poder ser elegible para obtener una tarjeta de residente permanente en calidad de asilado, se debe cumplir con los siguientes requisitos:Haber presentado correctamente el formulario I-485;Estar físicamente presente en Estados Unidos cuando se presenta la solicitud;Haber recibido estatus de asilado de parte de Uscis o el antiguo INS, un juez de inmigración de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés), la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración de la EOIR o de un tribunal federal;Haber estado físicamente presente en EE.UU. durante al menos un año después de habérsele otorgado asilo;Continuar en cumplimiento con la definición de refugiado, o ser el cónyuge o hijo menor de edad de un refugiado;No haberse reasentado firmemente en otro país extranjero;Que la concesión de asilo no haya sido cancelada;Ser admisible a Estados Unidos para obtener la residencia permanente o ser elegible a una exención de inadmisibilidad u otra forma de ayuda migratoria; yMerecer un ejercicio discrecional favorable de parte de Uscis.Para determinar la elegibilidad para el ajuste de estatus como asilado, el funcionario de Uscis debe revisar la solicitud original (formulario I-589 o I-730) que otorgó al solicitante el beneficio. La misma establece la identidad, relaciones familiares y la fecha de concesión del beneficio.Los oficiales toman la decisión de entrevistar a un solicitante según cada caso. Finalmente, si la solicitud se presenta correctamente, el beneficiario cumple con los requisitos de elegibilidad y satisface los de admisibilidad o exención, entonces el funcionario puede aprobar la solicitud de ajuste.La fecha de ajuste para las solicitudes aprobadas es un año antes de la fecha de aprobación para la residencia permanente, y será la que se indique en la green card. Por ejemplo, a un asilado se le concede el estatus el 10 de enero de 2007 y solicita el ajuste de estatus el 15 de marzo de 2009, que se aprueba el 10 de julio de 2009, la fecha se retrotrae un año, al 10 de julio de 2008.
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